Arauco Chávez Logo
ARAUCO CHÁVEZ Sede Arequipa · Litigio Nacional

Sobreseimiento Judicial Total en Imputación por Defraudación Tributaria contra SUNAT

Defensa técnica y pericial dirigida por el Abog. Gustavo Raúl Arauco Chávez · Sede Central San Francisco 219, Arequipa · Litigio en Todo el Perú

Materia Legal Penal Tributario
Entidad Acusadora SUNAT & Fiscalía
Pena Amenazada 8 a 12 Años Cárcel
Fallo Obtenido SOBRESEIMIENTO TOTAL

1. Los Hechos y la Acusación de la Administración Tributaria

Tras una fiscalización inspectiva, la SUNAT emitió un Informe de Indicios de Delitos Tributarios imputando a los directivos y apoderados de una empresa comercializadora la presunta comisión del delito de defraudación tributaria (D.Leg. 813). Se les atribuía haber contabilizado facturas de compras de proveedores catalogados posteriormente por la administración como "no habidos" o con baja de oficio de RUC, presumiendo la falsedad del crédito fiscal y deducción indebida del Impuesto a la Renta.

El Ministerio Público formalizó investigación preparatoria solicitando severas medidas coercitivas, embargos sobre activos empresariales y una prognosis de pena privativa de la libertad efectiva superior a los 8 años.

2. La Tesis Fiscal y la Confusión entre Infracción Administrativa y Dolo Penal

Uno de los errores más comunes del Ministerio Público y la SUNAT es equiparar automáticamente una observación administrativa (desconocimiento de crédito fiscal por falta de fehaciencia según la Ley del IGV) con el dolo defraudatorio penal.

Para que exista delito de defraudación tributaria, no basta que un proveedor no responda en su domicilio fiscal meses o años después de la operación; se requiere probar que los acusados conocían la falsedad de la operación y actuaron concertadamente para defraudar al Estado, lo cual constituía una premisa errónea en la teoría fiscal.

3. La Estrategia de Defensa del Abog. Gustavo Raúl Arauco Chávez

La defensa técnica liderada por el despacho desplegó una estrategia pericial y dogmática exhaustiva durante la etapa intermedia:

1. Trazabilidad Bancaria

Acreditación del 100% de los pagos a través del sistema financiero conforme a la Ley N° 28194 (cheques no negociables y cartas bancarias oficiales que probaron la salida real del dinero hacia las cuentas del proveedor).

2. Fe de la Entrega

Aporte de guías de remisión remitente y transportista selladas, partes de ingreso de almacén y registro de pesaje en balanza fiscal que evidenciaron la existencia física de la mercadería comercializada.

3. Pericia Contable de Parte

Informe pericial contable que desvirtuó las conclusiones de los auditores de SUNAT, demostrando coherencia de costos, márgenes comerciales legítimos y ausencia de simulación.

4. Resolución Judicial: Sobreseimiento Total sin Juicio Oral

En la audiencia de control de acusación ante el Juzgado de Investigación Preparatoria, el Abog. Gustavo Raúl Arauco Chávez dedujo la excepción de improcedencia de acción e instó el sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 344 numeral 2 inciso b del Código Procesal Penal (el hecho imputado no es típico ni reúne los elementos constitutivos del tipo penal defraudatorio).

Auto Judicial de Sobreseimiento Total y Firme:

El Juez de Investigación Preparatoria resolvió declarar FUNDADO EL SOBRESEIMIENTO a favor de los directivos patrocinados, concluyendo que la compra de bienes fue real y bancarizada, careciendo el hecho de contenido penal. Se ordenó el levantamiento inmediato de embargos y el archivo definitivo del proceso sin someter a la empresa a un desgastante juicio oral.

¿Su Empresa o Directivos Enfrentan Denuncia Penal por Fiscalización de SUNAT?

En derecho penal tributario la batalla se gana desarticulando los informes de SUNAT con peritajes contables y trazabilidad bancaria antes de ingresar a juicio.